Así fue la defensa de los límites de Concepción en la pasada Administración Municipal…


¿Será que con estas asesorías se puede ganar un diferendo limítrofe de esta magnitud?

Chicamocha News

Concepción, 30 de agosto de 2020.- Son múltiples las opiniones que se han recibido por redes sociales y de manera personal, acerca de la publicación del periódico Chicamocha News, donde el gobernador de Santander, Mauricio Aguilar Hurtado, anunció la pérdida del 60% del territorio de Concepción e invitó a los concepcioneros a manifestarse en contra de esa determinación.

También hemos recibido conceptos muy respetables de varios estudiosos del tema, en los que se concluye que, "esos territorios nunca le han pertenecido a Concepción, lo que sucede es que, históricamente fueron los concepcioneros los que colonizaron estas tierras y los títulos fueron registrados en Concepción, muy a sabiendas que ese territorio pertenecía a los municipios de Cubará y Chiscas, Boyacá". Además, el municipio y el departamento de Santander han hecho múltiples inversiones en salud, educación y obras de infraestructura, lo que les podría generar problemas jurídicos por no cerciorarse antes de la realidad territorial.

¿Qué han hecho los alcaldes?

En un artículo anterior mencionamos las acciones del alcalde Romualdo Reyes Olivares, (q.e.p.d.) y para continuar con las gestiones de los mandatarios locales en ese tema, veamos las acciones realizadas por la administración anterior de la alcaldesa Ruth Vianney Anaya Méndez, ya que, en los archivos del Sistema de Contratación Pública, SECOP, aparecen cuatro contratos (seguramente existieron otros), con ese objeto:

Contrato 0046 de 2016 entre el municipio de Concepción y el ingeniero agrónomo Ciro Alberto Merchán por 30 millones de pesos y un plazo de ejecución de diez meses.

Objeto: Prestar servicios profesionales de apoyo a la gestión administrativa en la Asesoría para la gestión del conflicto limítrofe del municipio de Concepción, Santander.

Como supervisor actuó el ingeniero Hermes Alonso Lozano Cuevas, jefe de la oficina de planeación del municipio de Concepción, y entre las actividades desarrolladas están las siguientes:

1.      Se harán visitas en las zonas de conflicto. Se adelantarán programas de socialización con las comunidades en conflicto.

2.      Se formularán y gestionarán proyectos ante entidades públicas y privadas, que beneficien a las comunidades en conflicto.

3.      Se realizarán todas las acciones pertinentes para adelantar la reclamación material del litigio.

4.      Visitar diferentes juntas de acción comunal existentes en el municipio de Concepción para conocer las diferentes necesidades del sector agropecuario y de esta manera poder adelantar programas y proyectos que beneficien a estas comunidades de la zona en conflicto.

5.      Asesorar a la alcaldesa en la formulación, gestión y ejecución de programas y proyectos relacionados con el sector agropecuario que beneficien a los campesinos de la zona en conflicto del municipio de Concepción.

Análisis técnico: "Se realizará análisis del marco normativo conducente para lograr resultados positivos para el municipio de Concepción, con respecto al conflicto limítrofe presentado con los municipios de Cubará y Chiscas".

El Acta de Liquidación se firmó el 28 de diciembre (Día de los santos inocentes) de 2016, y en ella se resalta que, "según informe de supervisión el contratista cumplió a satisfacción el objeto del contrato".

No sabemos hasta donde sea legal la contratación de un Ingeniero Agrónomo para asesorar a un municipio en un litigio limítrofe…

Contrato número DA-10-07-117-2017 por la suma de doce millones de pesos y plazo de tres meses.

Ya en el año de 2017 el contrato se hizo con un abogado Jorge Omar Palencia Carvajal, con quien se firmó el Contrato número DA-10-07-117-2017 por la suma de doce millones de pesos y un plazo de tres meses.

El objeto de este contrato fue el mismo: "Prestar servicios profesionales en la asesoría para la gestión del conflicto limítrofe del municipio de Concepción, Santander".

También las actividades fueron prácticamente las mismas:

1.      Se harán visitas en las zonas de conflicto. Se adelantarán programas de socialización con las comunidades en conflicto.

2.      Se formularán y gestionarán proyectos ante entidades públicas y privadas, que beneficien a las comunidades en conflicto.

3.      (En el "copia y pegue" se saltaron el punto número 3 y fue reemplazado por el 4).

4.      Visitar diferentes juntas de acción comunal existentes en el municipio de Concepción para conocer las diferentes necesidades del sector agropecuario y de esta manera poder adelantar programas y proyectos que beneficien a estas comunidades de la zona en conflicto.

5.      Asesorar a la alcaldesa en la formulación, gestión y ejecución de programas y proyectos relacionados con el sector agropecuario que beneficien a los campesinos de la zona en conflicto del municipio de Concepción.

(El Análisis Técnico también es idéntico al contrato de 2016).

Contrato No. DA 10-07-020-2018

Firmado entre la alcaldesa del municipio de Concepción, Santander y el abogado Luzbing Jael Mancera Jurado, prácticamente con el mismo objeto y con algunas variaciones en el Alcance del mismo, a saber:

"Para el cumplimiento del objeto convenido en las cláusulas anteriores, el

CONTRATISTA deberá realizar las siguientes Actividades:

1.      Visita a la zona de conflicto, con el propósito de identificar la problemática existente y necesidades de la comunidad en conflicto.

2.      Charlas Jurídicas, y de socialización, con las comunidades en conflicto.

3.      Charlas en los colegios del Municipio de Concepción, relacionadas con el conflicto existente, normatividad, y medios alternativos de

solución de conflictos.

4.       Formulación, gestión, de proyectos ante Entidades Públicas, o Privadas que beneficien a las comunidades en conflicto.

5.      Gestión ante Entidades, Públicas, Privadas, ONG" personas naturales, personas jurídicas, con el fin de que contribuyan con la donación de útiles de aseo, escolares, u otros, que beneficien a la comunidad indígena.

6.      Realizar un compendio normativo, en el que se indique el órgano competente para fijar o modificar el límite de las regiones territoriales del orden: Departamental, y del distrito capital de Bogotá, a las asambleas departamentales, el de municipios y provincias territoriales, y al gobierno nacional, el de las entidades territoriales indígenas.

7.      Asesorar jurídicamente a la comunidad indígena, en los contratos, convenios, que suscriban ante Entidades de orden Nacional, Departamental, o Municipal.

El Acta de liquidación fue firmada por la alcaldesa, junto con su Jefe de oficina de planeación, Henry Alexander Castañeda Rojas y el contratista.

(Aunque este contrato fue solo por tres meses, no encontramos adiciones, que seguramente existieron…).

Desde luego, no faltó la anotación de que, "según informe de supervisión el contratista cumplió a satisfacción el objeto del contrato".

(Qué pena ajena con los abogados litigantes…).

 

Contrato No. DA-10-07-074-2019.

Este contrato fue firmado por la alcaldesa Ruth Vianney Anaya Méndez y el abogado Anderson Javier Rojas Barajas…

Aunque para ese año 2019, el objeto estuvo un poco más enfocado a la realidad de la situación: "contratar los servicios profesionales como abogado para brindar el apoyo jurídico a la alcaldía municipal y todas sus dependencias brindar asesoría para la gestión del conflicto limítrofe del

municipio de concepción Santander", las actividades contratadas no coinciden, y solo en la actividad número 10 se menciona: "Brindar asesoría Jurídica para la gestión del conflicto limítrofe del municipio de Concepción, Santander".

Los demás dicen lo siguiente:

1. Realizar todo el trámite pertinente y dar respuesta a todos los derechos de

petición, quejas y reclamos presentados en todas las dependencias de la alcaldía municipal de concepción.

2. Realizar todo el trámite pertinente y dar respuesta a todas las acciones constitucionales en las que se vea vinculada la alcaldía municipal de Concepción, Santander.

3. Presentar los respectivos poderes de representación en las acciones populares en la cual haga parte el municipio de concepción y realizar la defensa jurídica del mismo. 4. iniciar las acciones de repetición en los diferentes procesos en los cuales se ha visto perjudicado el municipio de concepción.

5. Presentarse en los diferentes Juzgados en los cuales existan procesos en contra del municipio y recopilar la información para conllevar una respectiva defensa del municipio.

6. Recopilar, tabular y establecer las acciones a seguir de todos los procesos judiciales en los cuales se vea inmerso el municipio de concepción.

7. Realizar las resoluciones y/o actos administrativos que deban ser emanados por parte de la alcaldesa municipal y la secretaria de gobierno.

8. Realizar los estudios de títulos que sean necesarios para prestar un

mejor servicio en la administración municipal.

9. Realizar el acompañamiento a las diferentes dependencias de la alcaldía municipal en las diferentes visitas y/o respuestas de los oficios que deban ser emanados de la alcaldía municipal.

10. Brindar asesoría Jurídica para la gestión del conflicto limítrofe del municipio de Concepción Santander.

11. Asesorar jurídicamente a las comunidades indígenas, en los contratos, convenios, que suscriban ante Entidades de orden Nacional, Departamental, o Municipal.

12. Capacitar a las dependencias en la redacción y contestación de acciones constitucionales (Derechos de petición, acciones de tutela y entre otras).

13. Capacitar a las dependencias en la actualización jurídica del marco legal y constitucional del ordenamiento jurídico colombiano.

En este contrato la supervisión corrió por cuenta de Belcy Amparo Carvajal Peña, y como en los anteriores, se hizo la anotación de rigor que da por cumplido el objeto contractual.

PD 1: Sería bueno conocer las acciones del actual alcalde, pero ahora no responde el celular.

PD 2: Una de las Actividades, común en todos los contratos, señala que, "Se adelantarán programas de socialización con las comunidades en conflicto" y entonces nos preguntamos, ¿Son las comunidades las que están en conflicto? ¿O son dos entes territoriales, dos departamentos?

Las demás conclusiones se las dejamos a nuestros lectores…

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