ABC de las elecciones para Consejo Municipal y Local de Juventud en Boyacá

Colombia se prepara para las primeras elecciones de Consejos de Juventud. Aquí les contamos cómo están organizadas en el departamento.

Por Yanneth Fracica

Tunja, 8 de julio de 2021. (UACP). El gobernador de Boyacá, Ramiro Barragán Adame y el equipo de trabajo de la Secretaría de Gobierno y Acción Comunal, en pro de que los jóvenes hagan parte activa de los Consejos Municipales y Locales de Juventud en los 123 municipios del departamento, informan los pormenores de la elección, que se adelantará el 28 de noviembre de 2021.

Mediante Resolución N°. 4369 del 18 de mayo de 2021, el Registrador Nacional del Estado Civil fijó la fecha para las elecciones de mencionados consejos, estableció el calendario electoral y las instrucciones para cada caso.

El número de curules por proveer en cada municipio lo determinará el número de habitantes, de la siguiente manera:

- Población mayor a 100.001 habitantes: 17 curules en Tunja, Duitama y Sogamoso.

De 20.001 a 100.00 habitantes: 13 curules en Chiquinquirá, Moniquirá, Paipa y Puerto Boyacá.

Menor a 20.000 habitantes: 7 curules en los 116 municipios restantes.

Total de consejeros a nivel departamental: 915.

También se designarán curules especiales: una curul para cada grupo específico, es decir, campesinos, indígenas, negros, afrocolombianos, palenqueros, rom, raizales y víctimas.

Actividades principales
- Inscripción de jóvenes para votar:
Este proceso se podrá adelantar del 1 junio al 30 agosto.
- Registro de listas independientes y solicitud formulario de recolección de apoyos:
Del 1 junio al 28 julio de 2021.
- Inscripción candidatos:
Del 28 julio al 28 agosto de 2021.

Requisitos:
1. Jóvenes entre 14 y 17 años, deben presentar la Tarjeta de Identidad.

2. Entre 18 y 28 años, deben presentar Cédula de Ciudadanía o contraseña para quienes hayan solicitado su cédula por primera vez. Ellos se incorporarán de forma automática al censo electoral. Solo deberán realizar el proceso de inscripción quienes hayan cambiado su lugar de residencia a otra circunscripción electoral.

Tenga en cuenta

La inscripción se realiza en las Registradurías del Estado Civil de cada municipio. Allí se diligencia el formulario E-3J de forma sistematizada a través del aplicativo dispuesto por la Dirección de Censo Electoral. En caso no poder realizar la inscripción de esta manera, como plan de contingencia se realizará la inscripción en el formulario E-3J físico.

Serán excluidas del censo electoral las inscripciones realizadas por los jóvenes que, en el momento de la inscripción tengan 28 años, pero que para el día de la elección (28 de noviembre de 2021) cuenten con 29 años.

Los jóvenes que deseen inscribirse como candidatos deben cumplir con los requisitos de acuerdo a la lista que vayan a presentar:

- Lista de jóvenes independientes: deben presentar la cantidad de firmas de apoyo necesarias de jóvenes entre 14 y 28 años de edad que pertenezcan al municipio y un logosímbolo.

- Lista de jóvenes de los partidos y movimientos políticos: deben presentar la Personería Jurídica – CNE y el aval del representante legal o su delegado.

- Lista de jóvenes de procesos y prácticas organizativas: deben estar formalmente constituidos, mínimo tres meses antes de la inscripción de candidatos (Cámara de Comercio) y presentar un logosímbolo.

Registro de listas de jóvenes independientes

Mediante Resolución No. 4923 del 29 de mayo de 2021, se reglamenta el procedimiento para el registro de las Listas de Jóvenes Independientes, así como el de verificación de firmas de apoyo.

En un municipio que tenga más de 500.001 habitantes, se requieren 500 firmas, mientras en aquellos de de 100.001 a 500.000 habitantes, 400 firmas.
Entre tanto, de 50.001 a 100.000 habitantes, 300 firmas; de 20.001 a 50.000 habitantes, 200 firmas; de 10.001 a 20.000 habitantes, 100 firmas, y 10.000 habitantes o menos, 50 firmas.

Requisitos generales para conformar las listas de jóvenes:

- Tener entre 14 y 28 años al momento de la posesión (28 de febrero de 2022).
- Presentar listas únicas y cerradas.
- Cumplir con la cuota de género, alternándolos en la lista.
- La solicitud del registro se debe realizar a través de la plataforma denominada "Registro de Listas de Jóvenes Independientes" en la url:
https://registrojovenesindependientes.registraduria.gov.co/juventudes

Requisitos para participar:

- Integrar un comité inscriptor de tres jóvenes, quienes también podrán ser parte de la lista de candidatos.
- Designar un delegado, que será el encargado de ingresar la información en la plataforma.
- Los integrantes del comité deberán ser jóvenes entre 14 y 28 años.
- Definir un nombre y un logosímbolo para la lista con la cual recogerán las firmas de apoyo y aparecerán identificados en la tarjeta electoral (logo símbolo que se enviará al Consejo Nacional Electoral para su respectiva aprobación).
- Los jóvenes independientes solo podrán presentar listas únicas y cerradas.
- Las listas deberán conformarse de forma alterna entre los géneros, de tal manera que los candidatos del mismo género no queden en orden consecutivo.
- La lista no debe exceder el número de curules a proveer en la respectiva circunscripción (artículo 7 de la Ley 1885 de 2018), a excepción de los municipios o localidades donde se provean siete (7) y trece (13) curules, pues se podrán inscribir hasta ocho (8) y catorce (14) aspirantes, respectivamente (artículo 42 de la Ley 1622 de 2013 y parágrafo 3 del artículo 7 de la Ley 1885 de 2018 y Resolución No. 4923 del 29 de mayo de 2021).
- Los comités deberán aceptar el compromiso de cumplir con las disposiciones del Ministerio de Salud y Protección Social para el proceso de recolección de firmas, sobre medidas de bioseguridad y los cuatro componentes generales para disminuir el riesgo de contagio: lavado frecuente y desinfección de manos, distanciamiento físico, espacios con adecuada ventilación y uso obligatorio y correcto del tapabocas.

De acuerdo con las disposiciones del Ministerio de Salud y Protección Social, y una vez confirmado el recibo de los formularios de recolección de apoyos por parte del comité, la Secretaría de Salud municipal o quien haga sus veces, deberá implementar la vigilancia sobre este procedimiento.

Actividades principales

- Modificación de candidatos:
*Por renuncia o no aceptación: Del 30 de agosto al 3 de septiembre.
*Por revocatoria de inscripción: Vence el 28 de octubre.
*Por muerte o incapacidad física permanente: Vence el 17de noviembre.
*Postulación y acreditación testigos.
- Electorales:
Del 29 de julio al 20 de noviembre.
*Publicación Censo Electoral:
El 28 de agosto 2021.
*Suspensión e incorporación de documentos identidad al Censo:
El 30 agosto.
*Establecimiento lugares de votación:
Primero de septiembre (Alcalde y Registrador de común acuerdo y mediante Resolución).
*Propaganda electoral a través de medios de comunicación:
Inicia el primero de septiembre.
*Publicación candidatos inscritos:
5 de septiembre.
*Remisión relación candidatos inscritos a Organismos Competentes para certificar causales inhabilidad:
5 de septiembre.
*Fecha límite de sorteo y publicación listas jurados: 28 de septiembre.

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