Por alta ocupación UCI, declarada Alerta Roja Hospitalaria en Boyacá

El gobernador solicitó al Ministerio del Interior autorización para decretar medidas más restrictivas de movilidad y aislamiento preventivo obligatorio para todo el departamento durante al menos 7 días

Tunja, 25 de enero de 2021.- De acuerdo con el protocolo definido, al superarse el 80% de ocupación de las Unidades de Cuidados Intensivos en Boyacá durante dos días consecutivos, el Consejo Departamental de Gestión del Riesgo consideró necesario la declaratoria de Alerta Roja.

En comunicado firmado por el gobernador de Boyacá, Ramiro Barragán Adame, señala que, "teniendo en cuenta que el día 22 de enero se alcanzó una ocupación del 80.34%, el 23 de enero la ocupación de las UCI fue del 82.48% y el 24 de enero estuvo en el 82.9%, el Consejo Departamental de Gestión del Riesgo recomendó al gobernador decretar la alerta roja en todo el territorio Departamental.

Así las cosas, la Secretaría de Salud de Boyacá, a través del Centro Regulador de Urgencias, tomó el control de las Unidades de Cuidados Intensivos, tal como quedó establecido.

De igual manera, la Gobernación de Boyacá ha iniciado la adecuación de espacios no hospitalarios, como el Hotel Hunza, para la atención de pacientes.

Así mismo, se hizo un llamado a todos los boyacenses para que acaten las medidas de restricción a la movilidad que se extendieron hasta el 1 de febrero de 2020 y que aplican todos los días, de 8:00 p.m.  a 5:00 a.m. del día siguiente.

también solicitó al Ministerio del Interior la autorización para decretar medidas más restrictivas de la movilidad como lo es el aislamiento preventivo obligatorio para todo el departamento durante al menos 7 días.

A las personas que han sido diagnosticadas como positivos por covid-19, se les exige mantener estricta cuarentena durante mínimo 14 días. No hacerlo podría considerarse como una violación a los artículos 368 y 369 del Código Penal. Artículo 368: el que viole medida sanitaria adoptada por autoridad competente para impedir la introducción o propagación de una epidemia, incurrirá en prisión de cuatro a ocho años. Artículo 369: el que propague epidemia incurrirá en prisión de cuatro a diez años.

Con el actual porcentaje de ocupación, Boyacá se acerca al 100% de ocupación de las UCI del Departamento, por lo cual, el Consejo Departamental de Gestión del Riesgo estará vigilante para recomendar medidas más restrictivas que procuren salvaguardar la salud y la vida de los boyacenses.

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