El Director Ejecutivo de la FND, Amylkar Acosta, aclara versiones equivocadas sobre la ejecución de recursos de regalías. (Foto: Diego Peña - OPGB)
En una declaración aclaratoria, el Director Ejecutivo de la Federación Nacional de Departamentos, Amylkar Acosta, explicó que tal como lo ha dicho el Gobernador de Boyacá, "el Sistema General de Regalías tiene un proceso presupuestal diferente al de las entidades públicas, Gobernaciones y Alcaldías, los que hace que en muchos casos no coincidan los saldos en los bancos, con los saldos reportados por éstas y que en consecuencia, se adviertan diferencias entre unos y otros".
El Director Ejecutivo, recordó que según el Gobernador del Meta, Alan Jara, lo que pudo haber dado lugar a confusión es que con frecuencia al hacer mención del Departamento del Meta suman los recursos, que por ministerio de la Ley le corresponden con los que son propios de los municipios de su jurisdicción, es decir que se terminan sumando peras con manzanas.
El texto de la declaración de la Dirección Ejecutiva de la Federación Nacional de Departamentos, es el siguiente:
UNA ACLARACIÓN NECESARIA
"A propósito del pronunciamiento de la Contraloría General de la República y de los despachos de prensa propalados a través de distintos medios, alusivos a la baja ejecución de los recursos provenientes de las regalías y a algunas presuntas inconsistencias entre los reportes del Sistema General de Regalías (SGR) y los saldos en las cuentas bancarias de los respectivos departamentos, nos permitimos hacer las siguientes precisiones:
En primer lugar, debemos mencionar que existen dos formas para que los recursos de las regalías pasen de la cuenta del SGR (administrada por el Ministerio de Hacienda) a la cuenta de un departamento:
- Recursos de las regalías correspondientes a las asignaciones directas: Se liquidan y giran mensualmente o bimensualmente a los departamentos.
- Recursos de los Fondos: Una vez se aprueba el proyecto en la sesión del OCAD, se expide el acta y el acuerdo de esta sesión, se incorporan los recursos del proyecto al presupuesto del departamento respectivo mediante un decreto y se certifica que existen contratos suscritos con cargo a los recursos del proyecto.
Superado el proceso pre-contractual y una vez se suscribe el contrato y este se legaliza, se procede a la firma del acta de inicio y se gira el monto pactado de anticipo (máximo el 58% del valor del contrato) el cual se deposita en una fiducia para ser utilizado por el contratista, el resto se va girando a medida que avanza la ejecución. Mientras tanto la suma restante permanece en los bancos a la espera de que la obra sea recibida a satisfacción y sólo en ese momento se produce el desembolso. La permanencia de estos recursos en las cuentas bancarias, entonces, no obedece a que no se estén ejecutando. Y, apropósito de ejecución, es de anotar que pese a las dificultades que ha presentado la implementación del nuevo sistema, engorroso y paquidérmico, los mandatarios locales a abril de 2015, ya habían aprobado 16,6 billones de pesos, y de estos el 44% estaba en ejecución y el 35% habían finalizado su ejecución.
En relación al desfase entre la aprobación del proyecto, la asignación de recursos de los fondos al mismo y su ejecución ha dicho el señor Gobernador del Meta Alan Jara, por experiencia propia, que "no tiene sentido tener aprobados proyectos que se van a ejecutar y como la mayoría estamos apuntándole a iniciativas importantes, que no se ejecutan en una sola vigencia, sino en dos o tres años después, pero tenemos que tener en caja la totalidad de los recursos", dando lugar a observaciones o glosas por parte de los órganos de control. Para evitar malos entendidos se hace menester buscar una salida concertada con el Ministerio de Hacienda y los órganos de control.
No es cierto, entonces, que, como se afirmó de manera tendenciosa y temeraria por parte del Portal Las2Orllas que los gobernadores hubieran "refundido" los recursos provenientes de las regalías. Lo ha dicho con toda claridad el Gobernador de Boyacá:"el SGR tiene un proceso presupuestal diferente al de las entidades, gobernaciones y alcaldías, lo que hace que en muchos casos no coincidan los saldos en los bancos con los saldos reportados por estas y que en consecuencia se adviertan diferencias entre unos y otros". Por lo demás, muchas veces la diferencia entre el saldo en bancos y los registros en la Cuenta Única Maestra de Regalías por parte del Departamento puede obedecer a que los recursos consignados en los bancos le reportan a su titular unos rendimientos que sólo se incorporan al momento del corte y el reporte por parte de los bancos al mismo a través de sus extractos. Según pudo constatar el señor Gobernador Jara que pudo haber dado lugar a confusión es que con frecuencia al hacer mención del Departamento del Meta suman los que por ministerio de la Ley le corresponden con los que son propios de los municipios de su jurisdicción, es decir que se terminan sumando peras con manzanas.
Es de anotar que contrariamente a lo que disponía la Ley 141 de 1994 y 756 de 2001, los recursos de los fondos que hacen parte del SGR, excepción hecha de aquellos que corresponden al Fondo de Ciencia, Tecnología e Innovación, no tienen destinación específica, particularmente en lo que hace relación a coberturas básicas. Así lo dispuso el Acto legislativo 05 de 2011.
Finalmente, en aras de la transparencia y el buen gobierno, los señores gobernadores han manifestado su disposición a dar todas las explicaciones del caso tanto a los órganos de control en el momento que se les requiera, así como también a los medios de comunicación. Los recursos públicos y las regalías, son sagrados!".